lunes, 29 de abril de 2013

¿El material de competición tiene garantía?: SI.


Otra manera de entender el karting: deshaciendo mitos.

Un mito muy habitual en el deporte del motor es que las piezas y elementos que se compran no tienen garantía; en una web de materialdeportivo se lee: “Las piezas de competición no tienen ninguna garantía contractual”. ¿Es esto cierto?.

La simple lectura del folleto que acompaña a cualquier motorRotax, deja en evidencia la falsedad de este mito, porque el fabricante de un componente tan delicado como es un motor de competición reconoce una garantía de seis meses y un año, según los casos.

El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios es aplicable a la compra de material deportivo de competición siempre que se trate de una relación entre consumidor y vendedor, ya que este tipo de transacciones no está excluido en los artículos 3 y 6 de la Ley; a partir del artículo 118 esta misma Ley establece la responsabilidad del vendedor y productor que incluye la reparación gratuita y la sustitución, en determinados casos, durante dos años para los productos nuevos y un año para los de segunda mano.

A modo de ejemplo, la Audiencia Provincial de Castellón (Sentencia de 24 de julio de 2008) resolvió una contienda en que se reclama la reparación de una motocicleta de competición en período de garantía. La magistrada ponente entiende que “no cabe argüir que el demandante no tiene carácter de consumidor porque el vehículo que adquiere es un vehículo de competición, ya que lo adquiere como destinatario final del mismo y no lo incorpora a ningún tipo de actividad profesional”.

Por tanto, cuando se compre en un establecimiento comercial, o a cualquiera de sus agentes o representantes, un material de competición, existe, además de la garantía voluntaria del fabricante, la sumisión al régimen de garantía obligatorio, tanto para el material nuevo como para el de segunda mano, de la legislación en defensa de los consumidores.

La recomendación razonable es no aceptar las disculpas del vendedor y buscar asesoramiento profesional especializado o acudir a las oficinas de defensa de los consumidores; y, por supuesto, comprar en establecimientos o a personas de confianza con justificación de la compra.

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